31 Aug
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La compra de una vivienda será, posiblemente, la mayor inversión que realice en su vida, lo que necesariamente nos debe llevar a analizar tanto capacidad de compra, es decir, a determinar si somos capaces de asumir los gastos que conlleva la adquisición como la capacidad de pago, es decir, si somos capaces de asumir las cargas económicas que se generan, de forma recurrente, por la compra. 

Por lo que respecta a la capacidad de compra, debemos calcular, si quiera de forma aproximada, los gastos de la compraventa tales como tasación, notaría, registro de la propiedad, Impuesto sobre el Valor Añadido o Impuesto de Transmisiones Patrimoniales, Impuesto de Actos Jurídicos Documentados y gestoría. Estos costes van en función del valor de la vivienda si bien, como regla general, se suelen estimar en un 10% del precio de la compraventa. Esta información nos permitirá también conocer los ahorros que tendremos de aportar teniendo en cuenta que, caso de financiar la compra, la hipoteca no suelen cubrir más allá de un 80% del precio de la adquisición. Otros costes que deben cuantificarse son aquellos que se generan por la hipoteca, tales como la comisión de apertura, que está entorno al 0,5%, u otro tipo de productos asociados en concepto de seguros del hogar o de vida, comisiones de tarjetas, etc.

Una vez analizada la capacidad de compra debemos analizar la capacidad de pago para asumir las cargas económicas que se generan por la compraventa. Estas cargas son bien en concepto de hipoteca bien por gastos comunes tales como el IBI, seguro del hogar o gastos de comunidad. Pues bien, por regla general, la capacidad de atender los gastos de una vivienda se encuentra entre el 25%-30% de los ingresos brutos mensuales de la unidad familiar. 

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